Plazos para responder demandas por cotizaciones previsionales adeudadas

Conoce los plazos para responder demandas por cotizaciones previsionales adeudadas. En un juicio ordinario, tienes 30 días hábiles; en un juicio ejecutivo, solo 15 días.

Cuando se trata del cobro de cotizaciones previsionales impagas, existen dos tipos de juicios: el juicio ordinario y el juicio ejecutivo. Ambos tienen plazos distintos para que el demandado pueda responder. Es fundamental entender la diferencia entre ambos procesos y los plazos involucrados.

Juicio ordinario: 30 días para responder

En un juicio ordinario por cobro de cotizaciones previsionales adeudadas, el plazo para que el demandado conteste la demanda es de 30 días hábiles. Este plazo comienza a contarse desde el día en que se notifica la demanda. En este tipo de juicio, si no se contesta a tiempo, no se dicta una sentencia automáticamente en contra del demandado.

Juicio ejecutivo: 15 días para responder

En un juicio ejecutivo, el proceso es más rápido. El demandado tiene un plazo de solo 15 días hábiles para contestar la demanda, contados desde la notificación. Si no responde dentro de ese plazo, el tribunal puede dictar sentencia en contra del demandado, lo que no sucede en el juicio ordinario.

¿Qué se necesita para iniciar un juicio ejecutivo?

Para presentar una demanda ejecutiva por cotizaciones previsionales, es necesario cumplir con las siguientes condiciones:

  • Existencia de un título ejecutivo: Este documento acredita que hay una deuda clara y exigible.
  • Obligación líquida: La demanda debe exigir una suma de dinero específica.
  • Obligación actualmente exigible: La deuda debe estar en condiciones de ser cobrada.
  • Que la deuda no esté prescrita: Si el plazo legal para cobrar la deuda ha expirado, no se puede iniciar un juicio ejecutivo.

¿Qué es un título ejecutivo?

Un título ejecutivo es un documento que reconoce de manera expresa y clara una deuda que puede ser exigida judicialmente. En el caso de las cotizaciones previsionales, se considera que existe un título ejecutivo, ya que el empleador, al completar las planillas de cotización, reconoce la obligación de pagar las cotizaciones. Si estas no son pagadas, se puede asumir que el deudor es responsable y se puede exigir el pago a través de un juicio ejecutivo.

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